Pacto de socios: qué debe incluir

martes 29 de septiembreHablar por WhatsApp

El pacto se firma cuando todos se llevan bien

Ese es el único momento en que se puede firmar, y es exactamente por eso por lo que casi nadie lo firma: cuando se monta la sociedad nadie quiere hablar de qué pasa si uno se va, si uno enferma o si uno deja de aportar. Cuando llega ese día ya no hay acuerdo posible sobre nada.

El pacto obliga a quienes lo firman. Los estatutos, además, son oponibles frente a la sociedad y a terceros. Lo ideal es que lo importante esté en los dos sitios, cada cosa donde corresponde.

Lo que no puede faltar

Quién decide qué
Mayorías reforzadas para lo importante: endeudarse, vender activos, entrar socios nuevos.
Qué se espera de cada socio
Dedicación, exclusividad, no competencia. Y qué pasa si no se cumple.
Cómo se sale
Arrastre y acompañamiento, preferencia de compra, precio o método de valoración.
Qué pasa si hay bloqueo
Un mecanismo de desempate pactado de antemano evita la parálisis y el juzgado.
Muerte, incapacidad y divorcio
Los tres imprevistos que más veces meten a un tercero en la sociedad sin que nadie lo eligiera.
Reparto de beneficios
Política de dividendos, que es lo que después abre derechos de separación.
Cargos y sueldos
Quién administra, con qué retribución y quién lo aprueba.
Confidencialidad y propiedad intelectual
De quién es lo que se crea dentro.

Preguntas frecuentes

¿Se puede firmar con la sociedad ya en marcha?

Sí, y es lo habitual. Mejor hoy que después del primer desacuerdo serio.

¿Hay que elevarlo a público?

No siempre es necesario, pero da fecha cierta y facilita su prueba. Parte de su contenido puede llevarse a estatutos.

¿Vale una plantilla de internet?

Para ver qué apartados existen, sí. Para firmarla, no: las cláusulas de salida y valoración mal redactadas son las que después se discuten en el juzgado.

¿Y si mi socio no quiere firmarlo?

Es, en sí misma, una información valiosa sobre lo que va a pasar más adelante.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre contratar un abogado

¿Qué es la conciliación laboral previa?

Es un intento de acuerdo ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de su comunidad, que en la mayoría de los casos hay que presentar antes de demandar a la empresa. Presentarla suspende el plazo para reclamar.

¿Qué diferencia hay entre una denuncia y una querella?

La denuncia comunica unos hechos a la policía o al juzgado y no requiere abogado. La querella es un escrito formal con el que se ejerce la acusación en el procedimiento, y necesita abogado y procurador.

¿Quién paga la agencia en un alquiler de vivienda?

Desde la Ley de Vivienda de 2023, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren a cargo del propietario, no del inquilino.

¿Qué hago si me despiden?

Actúe rápido: el plazo para impugnar un despido es de veinte días hábiles. Si no está de acuerdo, puede firmar la carta y el finiquito indicando que no está conforme y consultar con un abogado laboralista cuanto antes.

¿Puedo reclamar una deuda sin abogado?

En algunos casos sí: en los juicios verbales de hasta 2.000 euros y en la petición inicial del procedimiento monitorio no es obligatorio. Aun así, conviene asesorarse antes, porque un error de planteamiento puede hacer perder el asunto.

¿Lo que le cuento a mi abogado es confidencial?

Sí. El abogado está obligado por el secreto profesional a guardar la confidencialidad de todo lo que conozca por razón de su trabajo, y no puede ser obligado a declarar sobre ello.